¿son las leyes y los jueces parte esencial del sistema económico capitalista?

Máximo Relti

El contenido esencial de las leyes en las sociedades contemporáneas, así como en otras formaciones sociales precedentes, ha sido siempre la expresión de los intereses económicos de las clases dominantes.

En la Edad Antigua – durante el Imperio Romano, por ejemplo – las leyes protegían los intereses de los dueños de los esclavos, que constituían la clase más poderosa de esa época. Más adelante, durante el Feudalismo, la normativa legal de esos siglos se encontraba en perfecta sintonía con los intereses de los señores feudales y los monarcas.

Cuando, después de la Revolución Francesa, los capitalistas se fueron haciendo con el poder en las diferentes sociedades europeas sucedió otro tanto de lo mismo. El contenido de las leyes se encontraban en perfecta consonancia con los intereses económicos de la burguesía ascendente.

¿Podía haber sucedido de otra manera? Las clases sociales «que mandan», que son a la vez propietarias de los medios de producción – las industrias, las grandes compañías, los Bancos y los grandes medios de comunicación-, jamás podrían tolerar que las leyes que se elaboran en las instituciones que ellos controlan, a través de sus representantes políticos, contradigan o pongan en peligro su propio poder y supervivencia como clase social dominante.

Conviene, pues, despejar algunas cortinas de humo con las que se nos pretende inducir al despiste. El contenido de las Leyes no responde a una visión «equitativa» ni «equilibrada» entre los intereses de los diferentes grupos o estratos que componen una sociedad dada. Contrariamente al relato dominante, no representan nunca lo que se llama, eufemísticamente, el «interés general». Esta no es una mera «opinión». Es una elocuente evidencia histórica, perfectamente constatable por todo aquel que desee conocer qué fuerzas sociales son las que determinan nuestra vida cotidiana.

No obstante lo dicho, sí es cierto que la verborrea leguleya tras las que se esconde el floripondio legal trata de reproducir la apariencia de un equilibrio equidistante entre los diferentes grupos sociales. El mantenimiento de la denominada «paz social» lo hace aconsejable para no suscitar la suspicacia de las mayorías.

LA COMPETENCIA CAPITALISTA MUNDIAL EVIDENCIA LA SERVIDUMBRE DE LOS PODERES LEGISLATIVO Y JUDICIAL

 

Sin embargo, en el curso de los últimos años la aparición de nuevas potencias mundiales está llevando a límites extremos la competencia comercial internacional, poniendo también en evidencia el espejismo de la supuesta imparcialidad de los poderes legislativo y judicial.

Las potencias capitalistas occidentales han dejado de ser las indiscutidas dominadoras del sistema. En el marco de una competencia feroz, el Sureste asiático, con China la cabeza, ha incursionado impetuoso en los mercados mundiales, sometiendo a Europa y a los Estados Unidos a un combate que nunca antes habían conocido.

Esta novedosa y potente irrupción ha provocado que la tasa de beneficios de los grandes capitalistas tienda a reducirse. Y ese conmocionante fenómeno, naturalmente, les inquieta. Para tratar de «equilibrar» sus ingresos, bloqueando la hemorragia en sus cuentas de resultados, las respectivas oligarquías de esos países presionan a las instituciones en las que tienen ubicados a sus representantes políticos, para que pongan en marcha reformas legislativas que les permitan ajustar plantillas, precarizar el trabajo, incrementar el número de horas extras no pagadas… Multiplicar, en suma, la explotación de la mano de obra asalariada.

De esta nueva geografía económica mundial y, también, de la crisis económica que sufrió el sistema capitalista en la última década, nacieron las Reformas Laborales de Rodríguez Zapatero y Mariano Rajoy. Y será esa misma nueva geografía la que impedirá también que el llamado «gobierno progresista» español proceda a un cambio en profundidad de legislación laboral que, durante el último decenio, ha sido un poderosísimo muro de contención para la burguesía en contra de las reclamaciones de los asalariados.

La correcta comprensión de estas claves resulta fundamental para estar en condiciones de entender la verdadera naturaleza de los litigios políticos, sociales y económicos que hoy se están planteando en este país y posicionarse certeramente frente a ellos.

.

¿LOS JUECES AL SERVICIO DIRECTO DE LA PATRONAL?

 

En el curso de los últimos tiempos ha empezado a apreciarse también una chirriante sintonía entre las sentencias emitidas por la alta magistratura española y las exigencias laborales y económicas de la Patronal. No es que antes ésta no existiera, sino que ahora esa «coordinación» comienza a escandalizar a muchos por el descaro que exhuma.

En noviembre del 2018, el Pleno de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo falló a favor de la Banca española, haciendo que fueran los clientes los que asumieran el pago del impuesto sobre hipotecas que durante años les habían estado cargando las entidades financieras. Tal importe ascendía a miles de millones de euros. Ese fallo se produjo pese al pronunciamiento adverso de instancias europeas.

Hace tan sólo unos meses conocimos, con estupefacción, una sentencia nada menos que del Tribunal Constitucional, según la cual aquellos trabajadores que durante un número muy limitado de jornadas no pueda acudir a sus puestos de trabajo por razones de enfermedad grave, plenamente justificadas por los partes médicos, podrán ser libremente despedidos por la Patronal.

Este fin de semana, la agencia EFE nos daba a conocer una sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, por la que se desestima el recurso presentado por una asalariada limpiadora, en contra de la sentencia del juzgado que rechazó la reclamación de incapacidad permanente total, que había presentado por sufrir un tumor pulmonar, tendinitis, trastorno adaptativo y otras patologías.

El juzgado de Lo Social murciano, al que correspondió resolver la demanda, consideró probado que esta trabajadora presentó la demanda contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) para que se le reconocieran esas prestaciones. Alegó para ello que las dolencias que padecía tenían entidad suficiente para justificar la concesión de esa incapacidad, pero el juzgado no lo consideró así y absolvió al INSS.

Ahora, el TSJRM dice coincidir con esa valoración pues, de manera increíble, asegura en su sentencia que las patologías que padece la limpiadora no le impiden realizar todas las tareas o las más importantes de su profesión, ya que la misma no le exige realizar grandes esfuerzos. Y por, si resultara leve esta estimación, agrega que la limpiadora citada puede hacer uso de las extremidades superiores para el manejo de los útiles de limpieza que se precisa para el desarrollo de su labor.

El hecho de que la alta magistratura del Estado español aparezca claramente escorada hacia la defensa de los intereses de las clases hegemónicas españolas, no se debe solamente a la ideología ultraconservadora que caracteriza su pensamiento político, – que también – sino de igual manera al hecho de que las Leyes cuyo contenido les está encomendado interpretar, y que fueron elaboradas con la anuencia previa del bipartidismo PSOE-PP, tienen el deliberado propósito de responder puntualmente a la estrategia económica marcada por los intereses económicos de la gran burguesía española.

Fuentes:

http://canarias-semanal.org/art/26654/son-las-leyes-y-los-jueces-parte-esencial-del-sistema-economico-capitalista-dominante

Uso di Cookies

Questo sito utilizza i cookies per voi di avere la migliore esperienza utente. Se si continua a navigare si acconsente all'accettazione dei cookie di cui sopra e l'accettazione della nostrapolitica dei cookie, fai clic sul link per maggiori informazioni. Cookie Policy

ACEPTAR
Aviso de cookies